B.O.E. Nº 118 de 18/05/2006
08717
RESOLUCIÃN de 11 de mayo de 2006, de la Dirección de Tráfico del Departamento de Interior, por la que se modifica la de 15 de marzo de 2006, por la que establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2006.
La presente resolución tiene por objeto modificar la prohibición de circular que afecta durante determinadas fechas y horas a los vehÃculos de más de 7.500 Kg. de M.M.A. de transporte de mercancÃas, regulada en la restricción tercera del artÃculo 1, de la Resolución de 15 de marzo de 2006, del Director de Tráfico, por la que establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2006 sobre prohibición de circulación a los camiones. El objeto de la modificación consiste en abrir una serie de corredores transversales por la Comunidad Autónoma de Euskadi, con el fin de permitir a los transportistas atravesar esta Comunidad. El criterio determinante en la selección de los corredores ha sido afectar lo mÃnimo posible a la seguridad vial y a la fluidez de la circulación, partiendo de los datos de que dispone la Dirección de Tráfico y de la experiencia adquirida en el desarrollo de las labores de vigilancia, control y regulación del tráfico. AsÃ, todas las vÃas seleccionadas para conformar los corredores disponen de dos o mas carriles de circulación para cada sentido, salvo una excepción, la carretera BI-625 entre los enlaces de la A-68 y la A-8, en dirección hacia el sur, que tiene por objeto precisamente engarzar ambas vÃas para dar continuidad a los recorridos. Sin embargo, en algunos tramos de estos corredores, e incluso puntualmente en alguna vÃa que no forma parte de esos corredores, ha sido necesario establecer limitaciones con el fin de evitar situaciones que comprometan la seguridad viaria y la fluidez del tráfico. En unos casos, la limitación horaria en estos tramos de corredor se extiende desde las 22:00 horas del sábado o vÃspera de fiesta hasta las 22:00 horas del domingo o dÃa festivo. Esto ocurre, por ejemplo, en algunos tramos con sentido hacia Francia (A-8, A-15, N-1). En otros, únicamente se limitan horarios concretos coincidentes con salidas o retornos masivos, ya sea en fechas concretas o durante el periodo que se extiende entre el 1 de mayo al 1 de octubre. A continuación se realiza un breve análisis de los diversos corredores:
Autopista A-8: Se permite la circulación en sentido hacia Cantabria, pero no hacia Francia desde el P.K. 104, con el fin de evitar que los camiones se acumulen en la frontera, con los consiguientes problemas de seguridad vial que se generan. Todo ello debido a la prohibición de circular camiones existente en Francia.
Por otra parte, en el tramo desde MalmasÃn hasta el lÃmite provincial con Cantabria, sentido hacia Cantabria, se establecen algunas limitaciones horarias en determinadas fechas con motivo de los desplazamientos masivos hacia esa Comunidad Autónoma: Los sábados y domingos desde las 9:00 hasta las 15:00 horas, desde el dÃa 1 de mayo hasta el dÃa 1 de octubre; los dÃas 28 de julio de 15:00 a 24:00 horas y 29 de julio de 8:00 a 15:00 horas; y los dÃas 12 de octubre y 6 de diciembre de 8:00 a 15:00 horas. En estos supuestos se cierra al tráfico también la N-634 desde Erletxes hasta el lÃmite provincial de Cantabria, siempre que no estuviese cerrada por coincidir con festivo, con el fin de evitar que los problemas habituales se trasladen a esta carretera, con repercusiones aún más graves para el tráfico por atravesar núcleos urbanos y no disponer en todo el recorrido de doble carril. En sentido inverso, es decir, desde Cantabria hacia Bizkaia, se establecen restricciones con motivo de retornos masivos los domingos y dÃas festivos desde las 15:00 hasta las 22:00 horas. Carreteras A-15, N-1 y N-1A: Se prohÃbe la circulación en sentido hacia Francia por los mismos motivos explicados en relación con la A-8. En la N-1, además del tramo correspondiente al Territorio Histórico de Gipuzkoa, se incluye el tramo del Territorio Histórico de Araba desde el lÃmite provincial de Burgos hasta Lopidana (inmediaciones de Vitoria-Gasteiz). En la N-1, sentido hacia Madrid, se permite la circulación, excepto en el tramo entre Lopidana y el lÃmite provincial de Burgos, durante determinadas fechas y horarios coincidentes con operaciones salida: El 28 de julio de 15:00 a 24:00 horas, el 29 de julio de 8:00 a 15:00 horas; y el 12 de octubre y 6 de diciembre de 8:00 a 15:00 horas. En la A-15 se permite la circulación hacia Navarra. Los corredores A-68, N-622 y N-240 permanecen abiertos al tráfico de camiones como eje de comunicación entre Cantabria-Navarra y Cantabria-Burgos. Ãnicamente la N-240 se cierra en sentido hacia Vitoria-Gasteiz con motivo de la operación salida de 28 de julio (15:00 a 24:00 horas) y 29 de julio (8:00 a 15:00 horas) La BI-625, tal y como se ha adelantado anteriormente, se abre al tráfico entre los enlaces de la A-8 en Basauri y la A-68 en Arrigorriaga, con sentido hacia Vitoria-Gasteiz, para dar continuidad al tránsito entre ambas carreteras. Sin embargo, se cierra en sentido contrario, hacia Francia, por las razones expuestas anteriormente en relación con la muga del Estado vecino. La N-634 no constituye un corredor, y por tanto está cerrada desde las 22:00 horas de los sábados y vÃsperas de fiesta hasta las 22:00 horas de los domingos y festivos. Sin embargo, hay que destacar que también se cierra desde Erletxes hasta el lÃmite provincial con Cantabria algunas fechas que sin ser domingos o festivos coinciden con desplazamientos masivos hacia esa Comunidad Autónoma: Los sábados desde las 9:00 hasta las 15:00 horas, desde el dÃa 1 de mayo hasta el dÃa 1 de octubre; los dÃas 28 de julio de 15:00 a 24:00 horas y 29 de julio de 8:00 a 15:00 horas; y los dÃas 12 de octubre y 6 de diciembre de 8:00 a 15:00 horas. Por último, los dÃas festivos en la Comunidad Autónoma de Euskadi no coincidentes con las festividades en Francia, además de los corredores habitualmente abiertos, se abren los tramos de corredores que ordinariamente permanecen cerrados a la circulación debido a las restricciones francesas (A-8, N-1, N-1A, A-15).
En su virtud, y de conformidad con el organismo competente del Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco, y con las Diputaciones Forales,
DISPONGO:
ArtÃculo 1.
Se modifican la restricción tercera del artÃculo 1 y el anexo II de la Resolución de 15 de marzo de 2006, del Director de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2006, quedando redactados de la siguiente manera.
Tercera.-VehÃculos de más de 7.500 kg de M.M.A. de transporte de mercancÃas. 1. Se prohÃbe la circulación en los tramos y durante los dÃas y horas que se indican en el anexo II de esta Resolución, a los vehÃculos de más de 7.500 kg de M.M.A.
2. Como excepción a lo dispuesto en el punto anterior, se permite la circulación de los vehÃculos que transportan las materias a que se hace referencia en el anexo IV de esta Resolución.
Disposición transitoria.
Seguirán en vigor hasta el plazo que tengan establecido las autorizaciones otorgadas al amparo de la Resolución de 15 de marzo de 2006, del Director de Tráfico, por la que establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2006.
Disposición final.
Esta Resolución entrará en vigor a los 8 dÃas hábiles contados a partir de su publicación en el «BoletÃn Oficial del Estado».
Vitoria-Gasteiz, 11 de mayo de 2006.-El Director de Tráfico del Departamento de Interior, Andoni Arriola Garrido.
ANEXO II
Mercancias general y mercancias peligrosas
A) Restricciones en general. Se prohÃbe la circulación por las vÃas públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi a los vehÃculos de más de 7.500 kg de M.M.A.:
Desde las 22:00 horas de los sábados hasta las 22:00 horas de los domingos y
Desde las 22:00 horas de las vÃsperas de los dÃas festivos en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Vasca, hasta las 22:00 horas de esos dÃas festivos.
B) Corredores.
B.1 Se permite la circulación a los vehÃculos de más de 7.500 kg de M.M.A. durante las fechas y horarios establecidos en el apartado A, por las vÃas que se citan a continuación, salvo durante las fechas y horas y tramos que se indican en el apartado B.2.
VÃas: A-8, A-68, A-15, N-1, N-1A, N-240, N-622, A-1. Por la BI-625 se permite la circulación en sentido hacia Vitoria-Gasteiz, entre el P.K. 382 (enlace autopista A-68 en Arrigorriaga) y el P.K. 387,3 (enlace con la A-8 en Basauri). B.2 Se prohÃbe la circulación a los vehÃculos de más de 7.500 Kg de M.M.A. por las vÃas que se citan a continuación durante las fechas y horarios que se indican.
B.2.1 Restricciones anuales. Desde las 22:00 horas de los sábados hasta las 22:00 horas de los domingos y desde las 22:00 horas de las vÃsperas de los dÃas festivos en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Vasca, hasta las 22:00 horas de esos dÃas festivos.
Via | Denominacion | P.K. Inicio | P.K. FInal | Sentido |
A-8 |
Autopista Cantábrico. | 104 Erletxes. | 0 Muga Francia. | Hacia Behobia. |
A-15 | AutovÃa Navarra-Gipuzkoa. | 140 L.P. Navarra. | 155,5. | Hacia Andoain. |
N-1 | Madrid-Irun. | 321,4 L.P. Burgos. |
329 L. Treviño. | Hacia Vitoria-Gasteiz. |
N-1 | Madrid-Irun. | 336 L. Treviño. |
350,200 Lopidana. |
Hacia Vitoria-Gasteiz. |
N-1 | Madrid-Irun. | 401,9 L.P. Navarra. |
486,6. | Hacia Muga Francia. |
N-1 A | Lasarte-Donostia/San Sebastián. |
Hacia Francia. |
Como excepción a lo dispuesto en este apartado se permite la circulación durante las siguientes fechas y horarios:
Desde las 22:00 horas del dÃa 24 de julio hasta las 22:00 horas del dÃa 25 de julio.
Desde las 22:00 horas hasta las 24:00 horas de los dÃas 22 y 29 de julio, y 5, 12 y 19 de agosto. Desde las 22:00 horas del dÃa 11 de octubre hasta las 22:00 horas de dÃa 12 de octubre. Desde las 22:00 horas del dÃa 5 de diciembre hasta las 22:00 horas de dÃa 6 de diciembre. Desde las 22:00 horas del dÃa 7 de diciembre hasta las 22:00 horas de dÃa 8 de diciembre. Desde las 22:00 horas del dÃa 5 de enero de 2007 hasta las 22:00 horas de dÃa 6 de enero de 2007.
B.2.2 Restricciones en periodos especÃficos:
Desde el dÃa 1 de mayo hasta el dÃa 1 de octubre: Los sábados desde las 9:00 hasta las 15:00 horas.
VÃa | Denominación | P.K. Inicio | P.K. Final | Sentido |
A-8 |
Autopista Cantábrico. | 113 MalmasÃn. | 139 L.P. Cantabria. | Hacia Cantabria. |
N-634 | Donostia-Santander. | 98 Erletxes. | 136 L.P. Cantabria. | Hacia Cantabria. |
Los domingos y festivos en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi desde las 9:00 hasta las 15:00 horas.
VÃa | Denominación | P.K. Inicio | P.K. Final | Sentido |
A-8 |
Autopista Cantábrico. | 113 MalmasÃn. | 139 L.P. Cantabria. | Hacia Cantabria. |
Los domingos y festivos en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi desde las 15:00 hasta las 22:00 horas.
VÃa | Denominación | P.K. Inicio | P.K. Final | Sentido |
A-8 |
Autopista Cantábrico. | 139 L.P. Cantabria. | 113 MalmasÃn. | Hacia Bilbao. |
El dÃa 28 de julio desde las 15:00 hasta las 24:00 horas y el dÃa 29 de julio desde las 8:00 hasta las 15:00 horas.
VÃa | Denominación | P.K. Inicio | P.K. Final | Sentido |
A-8 |
Autopista Cantábrico. | 113 MalmasÃn. | 139 L.P. Cantabria. | Hacia Cantabria. |
N-634 | Donostia-Santander. | 98 Erletxes. | 136 L.P. Cantabria. | Hacia Cantabria. |
N-1 | Madrid-Irún. | 350,2 Lopidana. | 336 L Treviño. | Hacia Burgos. |
N-1 | Madrid-Irún. | 329 L Treviño. | 321 L.P. Burgos. | Hacia Burgos. |
N-240 | Tarragona-Bilbao por Barazar. | 0 Bizkaia. | 43,9 Bizkaia. | Hacia Vitoria-Gasteiz. |
N-240 | Tarragona-Bilbao por Barazar. | 0 Araba. | 22 Araba | Hacia Vitoria-Gasteiz. |
El dÃa 12 de octubre y el dÃa 6 de diciembre, desde las 8:00 hasta las 15:00 horas.
VÃa | Denominación | P.K. Inicio | P.K. Final | Sentido |
A-8 |
Autopista Cantábrico. | 113 MalmasÃn. | 139 L.P. Cantabria. | Hacia Cantabria. |
N-1 | Madrid-Irún. | 350,2 Lopidana. | 336 L Treviño. | Hacia Burgos. |
N-1 | Madrid-Irún. | 329 L Treviño | 321 L.P. Burgos | Hacia Burgos. |