B.O.E. Nº 269 de 07/11/2009
17650
Real Decreto 1667/2009, de 6 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehÃculos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehÃculos, y se amplÃa el número máximo de vehÃculos a financiar en 80.000 vehÃculos adicionales.
Por Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, se reguló la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehÃculos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehÃculos, con una dotación de 100 millones de euros que suponÃa conceder ayudas a la adquisición de un máximo de 200.000 vehÃculos.
Este Plan 2000 E tiene por objetivo incentivar, junto con el esfuerzo comercial de los fabricantes o importadores, la adquisición de vehÃculos, mantener el empleo en el sector de automoción y estimular la sustitución de vehÃculos antiguos por otros menos contaminantes, asà como contribuir a aunar criterios de apoyo al sector entre las diferentes comunidades autónomas, el Gobierno de España y el propio sector de fabricantes y concesionarios de automóviles.
La evolución del Plan ha resultado ser muy positiva. El objetivo de impulsar la compra de 200.000 vehÃculos se prevé alcanzarlo mucho antes de lo previsto. A finales de octubre se acercaban a 190.000 las operaciones acogidas al Plan, lo que refleja la gran aceptación que ha tenido el Plan 2000E y su gran efecto dinamizador.
Debe destacarse que del total de operaciones casi la mitad corresponden a vehÃculos con emisiones inferiores a 120 gr de CO2/Km y la otra mitad entre 120 y 150 gr de CO2/Km, por lo que se puede constatar que el Plan 2000 E también está contribuyendo a la adquisición de vehÃculos menos contaminantes.
Las ventajas medioambientales y de seguridad del Plan 2000E también se reflejan en que un 49 por ciento de los vehÃculos achatarrados gracias al Plan tenÃa más de 15 años y el 28 por ciento entre 10 y 12 años.
Sin embargo, a pesar de los favorables efectos del Plan 2000 E, el mercado del automóvil continúa atravesando una coyuntura complicada, en el perÃodo enero-septiembre de 2009 se registró una caÃda en el número de matriculaciones del 28 por ciento respecto al mismo perÃodo de 2008; encontrándose en este momento en una situación de especial dinamismo y sensibilización motivado por el citado efecto del Plan, cuya ausencia podÃa provocar un retorno al estancamiento de la demanda.
Por todo ello, y estando próxima a finalizar la vigencia del Plan 2000 E, se estima necesario continuar aplicando medidas de estÃmulo a la adquisición de vehÃculos, mediante la prórroga del Plan, con ayudas adicionales de 40 millones de euros que permitirán financiar la adquisición de un máximo adicional de 80.000 vehÃculos de las categorÃas M1 y N1, amortiguando la sensible caÃda de las ventas en términos anuales.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo informe del Ministerio de EconomÃa y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del dÃa 6 de noviembre de 2009
DISPONGO:
ArtÃculo único. Modificación del Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehÃculos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehÃculos.
Se modifica el artÃculo 3.3 del citado Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehÃculos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehÃculos, que, con objeto de ampliar el número máximo de vehÃculos a financiar en 80.000 vehÃculos adicionales, quedando redactado con el siguiente texto:
«3. El número máximo de vehÃculos de la categorÃa M1 y de la categorÃa N1 a financiar no podrá superar la cifra de 280.000 para las dos categorÃas señaladas».
Disposición adicional primera. Prorrateo de la dotación adicional del Plan.
La dotación adicional por valor de 40 millones de euros para la prórroga del Plan 2000 E se prorrateará entre los agentes de ventas que ya han intervenido en la fase anterior a esta prórroga, en el mismo porcentaje que se aplicó, a cada uno, en el prorrateo del 20 por ciento, en aplicación del artÃculo 6.5 del Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo.
Disposición final primera. Modificaciones presupuestarias.
Para dar asà cumplimiento a lo dispuesto en este real decreto, se ampliará en 40 millones de euros la dotación de la aplicación presupuestaria 20.16.422B.781 del vigente Presupuesto de gastos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
A tal efecto se realizarán las modificaciones presupuestarias que sean necesarias de conformidad con lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el dÃa siguiente al de su publicación en el «BoletÃn Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 6 de noviembre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Industria, Turismo y Comercio,
MIGUEL SEBASTIÃN GASCÃN