B.O.E. Nº 64 de 16/03/2009
04420
Orden EHA/652/2009, de 5 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3745/2008, de 11 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas y la Orden EHA/3744/2008, de 11 de diciembre, de delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Con fecha 23 de diciembre de 2008 se publicó en el «BoletÃn Oficial del Estado» la Orden EHA/3745/2008, de 11 de diciembre, por la que se concedÃa, con efectos desde 1 de enero de 2009, la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Habiendo observado en la citada Orden la omisión de la delegación de la inspección a la Diputación de Barcelona para el Ayuntamiento de Castellar del VallÚs, que habÃa presentado su solicitud en el plazo establecido en el artÃculo 18 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho Impuesto, procede completar la citada Orden y conceder la delegación solicitada.
Asimismo, en el «BoletÃn Oficial del Estado» de 23 de diciembre de 2008 se publicó la Orden EHA/3744/2008, de 11 de diciembre, de delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas, en cuyo artÃculo 3 se denegaba a la Diputación de Barcelona la concesión de la delegación de la gestión censal para el Ayuntamiento de Castellar del VallÚs, por no asumir la inspección para dicho Ayuntamiento que no figuraba en la ya citada Orden EHA/3745/2008, de 11 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, tal como exige el artÃculo 22 del Real Decreto 243/1995.
Superada esta circunstancia con la concesión de la inspección mediante la presente Orden, debe igualmente concederse la delegación en materia de gestión censal a la citada Diputación para el Ayuntamiento de referencia, en su virtud, dispongo:
ArtÃculo primero. Modificación de la Orden EHA/3745/2008, de 11 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.
El artÃculo 2 de la Orden EHA/3745/2008, de 11 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, queda redactado en los siguientes términos:
«ArtÃculo 2. Delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a Diputaciones.
Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, con los lÃmites y condiciones establecidos en la Orden del Ministerio de EconomÃa y Hacienda, de 10 de junio de 1992, por la que se desarrolla la delegación y colaboración en la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, y con efectos de 1 de enero del 2009, a las siguientes Diputaciones:
Diputación de Ãvila.
Para el Ayuntamiento de:
†Hoyo de Pinares.
Diputación de Barcelona.
Para el Ayuntamiento de:
†Castellar del Vallés.
Diputación de Girona.
Para los Ayuntamientos de:
†Aiguaviva.
†Bescanó.
†Quart.
†Vilablareix.
Diputación de Málaga.
Para el Ayuntamiento de:
†CoÃn.
Diputación de Sevilla.
Para el Ayuntamiento de:
†Espartinas.
Diputación de Tarragona.
Para los Ayuntamientos de:
†La Bisbal del Penedés.
†Llorenç del Penedés.
†Masllorenç.
†Sant Jaume dels Domenys.
†Ulldecona.
Diputación de Valencia.
Para los Ayuntamientos de:
†Benirredrà .
†Real de GandÃa.
†Pedralba.
Diputación de Zaragoza.
Para el Ayuntamiento de:
†Alhama de Aragón.»
ArtÃculo segundo. Modificación de la Orden EHA/3744/2008, de 11 de diciembre, sobre delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas.
La Orden EHA/3744/2008, de 11 de diciembre, sobre delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas, queda modificada como sigue:
Uno. El artÃculo 2 queda redactado del siguiente modo:
«ArtÃculo 2. Delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas a tres Diputaciones.
Se concede la delegación de la gestión censal de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, a la Diputación de Sevilla para el Ayuntamiento de Espartinas; a la Diputación de Tarragona para el Ayuntamiento de Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant; y a la Diputación de Barcelona para el Ayuntamiento de Castellar del VallÚs.»
Dos. El artÃculo 3 queda suprimido.
Disposición final única. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos desde 1 de enero de 2009.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del dÃa siguiente a su publicación.
Madrid, 5 de marzo de 2009.â€El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de EconomÃa y Hacienda, Pedro Solbes Mira.