4750 .- Hacienda Pública, acreedora por IVA
Descripción:
Exceso, en cada período impositivo, del IVA repercutido sobre el IVA soportado deducible. importe, liquidación
Cuentas relacionadas:
Movimientos al debe:
Se cargará por el importe del mencionado exceso, cuando se efectúe su pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.
Movimientos al haber:
Se abonará al terminar cada período de liquidación por el importe del mencionado exceso, con cargo a la cuenta 477.
Equivalencia en plan general contabilidad 1990:
4750 Hacienda Pública, acreedor por conceptos fiscales