921 .- Transferencia de diferencias de conversión negativas
Descripción:
Cuentas relacionadas:
Movimientos al debe:
Se cargará, al cierre del ejercicio, con abono a la cuenta 135.
Movimientos al haber:
Se abonará, en el momento de baja, enajenación o cancelación del elemento patrimonial asociado, con cargo a la cuenta 668.
Equivalencia en plan general contabilidad 1990:
NO