MAB Ingenieros

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Desarrollo y Legalización de Proyectos de Ingeniería. Realización de proyecto técnico y memoria para la obtención de licencia de apertura.

Licencia de apertura de actividades calificadas

DESCRIPCIÓN

El ejercicio de una actividad comercial, industrial o de servicios deberá estar amparado por la correspondiente licencia municipal.

Se consideran actividades calificadas: Los establecimientos, talleres, industrias, almacenes, servicios, instalaciones y en general cualesquiera usos, que de algún modo sean susceptibles de producir incomodidades o molestias, de alterar las condiciones normales de salubridad e higiene del medio ambiente, de ocasionar daños a la riqueza pública o privada, o de implicar riesgos a personas o bienes.

Esta licencia deberá solicitarse previamente a la apertura de las instalaciones. No obstante, la presentación de la solicitud no autoriza, en ningún caso, al inicio de la actividad.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

  • Con carácter general:

    1. Instancia de solicitud de licencia de actividades calificadas (puede obtenerse en el Servicio de Actividades, en las Oficinas Municipales de Información y a través de la web municipal) suscrita por el/la peticionario/a de la licencia, o por su representante legal en el caso de ser una persona jurídica.

    2. Fotocopia del DNI del/de la solicitante y de su representante legal, en su caso.

      En caso de ser una sociedad la solicitante, deberá aportarse fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y de los poderes de representación de quien firma la instancia (los originales se acompañaran a efectos de su cotejo en el registro de entrada).

      En caso de que los solicitantes estuvieran constituidos en comunidad de bienes, deberá aportarse copia del contrato constitutivo de dicha comunidad suscribiendo la instancia la totalidad de los comuneros o quien ostente la representación de éstos, siempre que acredite dicha representación.

      (Los originales se acompañarán a efectos de su cotejo en el registro de entrada).

    3. Proyecto técnico y memoria correspondiente a medidas de instalación, correctoras o de seguridad, redactado y firmado por facultativo/a legalmente competente, y visado por su colegio oficial (Arquitectos, Arquitectos Técnicos, Ingenieros, Ingenieros Técnicos) por triplicado y ajustado a la Instrucción 2/1983, aprobada por orden de la Conselleria de Gobernación, de 7 de julio de 1983 (DOGV del 19/07/83).

    4. En caso de que vaya a producirse entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga de mercancías, se deberá indicar en la memoria y proyecto técnico que desea disponer de vado, y solicitarlo ante el servicio administrativo competente, debiendo acompañarse en pieza separada, la siguiente documentación:

      • Situación exacta del lugar en que se ubica.
      • Situación y anchura de la puerta de acceso
      • Número de plazas de aparcamiento.
  • Para locales en planta baja y/o sótanos, además:

    1. Justificación de que la actividad no ocupará el espacio destinado a la reserva de aparcamiento del edificio de viviendas, mediante la aportación de los siguientes documentos, según el año de construcción del edificio:

      1. En edificios construidos en fecha anterior al año 1966:
        • Fotocopia de la anterior licencia de apertura concedida en dicho local.
        • Fotocopia de la licencia de obras o de primera ocupación del edificio.
        • Certificación registral de la ultima inscripción de obra nueva o certificado expedido por el técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente, acreditando que el edificio fue construido antes del año 1966.
      2. En edificios construidos en fecha posterior al año 1966:
        • Fotocopia de la anterior licencia de apertura concedida a dicho local.
        • Fotocopia de la licencia de obras o de primera utilización del edificio.
        • Plano de la totalidad de la/s planta/s del inmueble con señalización de la zona de reserva de aparcamiento, grafiando la zona a ocupar por la actividad.
        En caso de no poder aportar la anterior documentación, el/la peticionario/a deberá presentar declaración jurada en la que se haga constar, que en el local donde se proyecta actividad, no se halla afectado como área de reserva de aparcamiento de vehículos, según la licencia de obra otorgada para la construcción del edificio o la licencia de primera utilización del mismo, lo que constituirá un condicionamiento de la licencia.

        La justificación de no ocupación de la zona de reserva de aparcamiento del edificio, no será necesaria cuando la actividad pretenda ejercerse en nave industrial.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Tramitación:

  • Una vez otorgada la licencia, será necesario que el Ayuntamiento expida el Acta de Comprobación favorable para poder comenzar a ejercer la actividad.

  • El interesado deberá solicitar al Ayuntamiento que efectúe la oportuna visita de comprobación. Dicha solicitud irá acompañada de una certificación del técnico director de las instalaciones, en la que se especifique la conformidad de las mismas a la licencia que las ampara, así como la eficacia de las medidas correctoras.

  • El Acta deberá tramitarse por el Ayuntamiento en el plazo de 15 días, contados a partir de la solicitud de comprobación realizada por el interesado.

  • Si el Ayuntamiento no expidiera el acta de comprobación en el plazo señalado, la actividad podrá empezar a ejercerse siendo bastante la simple notificación del interesado en el Ayuntamiento que inicia la actividad.

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