142 .- Provisión para otras responsabilidades
Descripción:
Pasivos no financieros surgidos por obligaciones de cuantía indeterminada no incluidas en ninguna de las restantes cuentas de este subgrupo; entre otras, las procedentes de litigios en curso, indemnizaciones u obligaciones derivados de avales y otras garantías similares a cargo de la empresa.
Cuentas relacionadas:
Movimientos al debe:
Se cargará:
* A la resolución firme del litigio, o cuando se conozca el importe definitivo de la indemnización o el pago, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
* Por el exceso de provisión, con abono a la cuenta 7952.Movimientos al haber:
Se abonará:
* Al nacimiento de la obligación que determina la indemnización o pago, o por cambios posteriores en su importe que supongan un incremento de la provisión con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 62.
* Por el importe de los ajustes que surjan por la actualización de valores, con cargo a cuentas del subgrupo 66.Equivalencia en plan general contabilidad 1990:
142 Provisión para responsabilidades