522 .- Deudas a corto plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados
Descripción:
Cantidades concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, empresas o particulares con carácter de subvención, donación o legado reintegrable, con vencimiento no superior a un año.
Cuentas relacionadas:
Movimientos al debe:
Se cargará:
* Por cualquier circunstancia que determine la reducción total o parcial de las mismas, con arreglo a los términos de su concesión, con abono generalmente a la cuenta 4758.
* Si pierde su carácter de reintegrable, con abono de su saldo a las cuentas 940, 941 ó 942.Movimientos al haber:
Se abonará por las cantidades concedidas a la empresa, con cargo, generalmente, a cuentas de los subgrupos 47 ó 57.
Equivalencia en plan general contabilidad 1990:
NO